top of page

Sí te gustó, síguenos

SE APROBÓ PROTOCOLO PARA TURISMO  AVENTURA, CANOTAJE, CAMINATA Y MONTAÑA

15 de octubre de 2020

Cada vez se encuentra más cerca el reinicio de las actividades turísticas, cumpliendo estrictamente los protocolos de bioseguridad. Por ello, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) publicó en el Diario Oficial El Peruano, el “Protocolo Sanitario Sectorial ante el COVID-19 para turismo de aventura, canotaje, caminata y alta montaña”.

Este documento fue aprobado a través de la Resolución Ministerial Nº 211-2020-MINCETUR, que actualiza el protocolo aprobado anteriormente (R.M. N° 171-2020-MINCETUR). El cambio central es que se suma la actividad de alta montaña. Gracias a este documento las agencias de viaje, que prestan este tipo de servicios, podrán volver a operar. Para ello deberán tener registrado el “Plan de vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo”, de acuerdo a lo establecido en la R.M. N° 448-2020/MINSA y enviarlo al correo electrónico empresa@minsa.gob.pe.
 
Es importante recordar que, además de cumplir con el protocolo, las agencias deben acatar el Reglamento de Seguridad para la Prestación del Servicio Turístico de Aventura y el Reglamento de Canotaje Turístico, según corresponda.
SOBRE EL PROTOCOLO
 
El “Protocolo Sanitario Sectorial ante el COVID-19 para turismo de aventura, canotaje, caminata y alta montaña” establece una serie de medidas para salvaguardar la salud de los trabajadores y usuarios. Así, el documento comprende, principalmente, las medidas preventivas sanitarias que se deben aplicar antes, durante y al término de la operación de estas actividades, así como para el uso y desinfección del equipamiento y las condiciones para el pernocte en campo.
IMPORTANTE
 
El “Protocolo Sanitario Sectorial ante el COVID-19 para turismo de aventura, canotaje, caminata y alta montaña” puede descargarse en el siguiente enlace: https://www.gob.pe/institucion/mincetur/normas-legales/1272076-211-2020-mincetur
bottom of page